GUATEMALA (Marzo 11 de 2021). El Ministerio de Gobernación publicó este miércoles 10 de marzo el Acuerdo Gubernativo 38-2021 que contiene una nueva reforma al acuerdo gubernativo 17-2020 que se refiere al reglamento para la contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros del transporte colectivo urbano de pasajeros y de carga.
Según la publicación del Diario de Centro América, la reforma afecta al artículo 14 del acuerdo Gubernativo 17-2020, que fue emitido el 13 de enero del 2020, y se refiere al plazo en el que los transportistas deberán cumplir con la contratación y el primer pago del seguro obligatorio.
Esta modificación refiere que “la contratación y primer pago del seguro anual obligatorio de transporte colectivo urbano de pasajeros y de carga par los que realizan dicha actividad actualmente, deberá efectuarse dentro de los 18 meses, a la entrada den vigencia del presente reglamento, para el caso del transporte colectivo urbano de pasajeros o de carga que se tramite posteriormente, a partir de la fecha den que se les haya autorizado para prestar servicio”.
Agrega que el presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.
Los 18 meses a los que hace referencia el acuerdo 38-2021 se toman a partir de febrero del 2020, con lo cual los empresarios tendrán hasta el 21 de agosto del 2021 para hacer efectiva la contratación del seguro.
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Las prórrogas
El Gobierno ha efectuado varias prórrogas para la entrada en vigor del pago de este seguro obligatorio para el transporte colectivo y de carga.
El acuerdo 17-2020 fue emitido el 13 de enero del 2020, y entró en vigencia el 20 de febrero de ese año. Estableció que el primer pago y contratación del seguro se debía hacer dentro del mes siguiente a la entrada en vigencia.
Entre las prórrogas está la publicada el 19 de octubre del 2020 con el Acuerdo Gubernativo 174-2020. Con este se reformó el artículo 14 del 17-2020, y estableció en un año (12 meses, a partir del inicio de vigencia del reglamento) el tiempo para que los transportistas pagaran el seguro, es decir hasta el 20 de febrero del 2021.
Entre las consideraciones del Acuerdo Gubernativo 174-2020 se señalaba que la prórroga era por la situación nacional que ha generado el covid-19.
El 10 de marzo de 2021 el Gobierno publicó el Acuerdo Gubernativo 38-2021, con el cual se vuelve a ampliar el plazo para el pago del seguro, en esta ocasión por 18 meses a partir de la entrada en vigencia de ese reglamento. Con ello los transportistas deben cumplir con esa obligación de contratar el seguro de responsabilidad civil a partir del 21 de agosto del 2021, según explicó tanto el directivo de Agis como el defensor de los usuarios de transporte público de la PDH, Edgar Guerra.
Protesta de taxistas
En febrero de este 2021 distintas asociaciones de taxistas de Guatemala participaron en varias manifestaciones y bloqueos en la capital para mostrar su rechazo al pago de dicho seguro obligatorio.
Los pilotos entregaron cartas a la Presidencia y Procuraduría de los Derechos Humanos para exponer los puntos por los que se oponen a la norma.
Los taxistas afirmaban que el reglamento viola derechos constitucionales de igualdad, vida y propiedad porque ese gremio no da servicio de transporte público sino de personas.
Además, que la seguridad vial implica a todos los ciudadanos que hacen uso de la vía pública y no solo debe atenderse a los terceros afectados.
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Según las asociaciones de taxis, un 70% de esos vehículos son piratas y estos no pagan ni un solo centavo por el servicio y les genera competencia desleal.
Luego de varios días de protestas y bloqueos se llegó a una mesa de diálogo con el Gobierno en la que se acordó que se ampliaría otros seis meses la prórroga para el pago del seguro y este 10 de marzo del 2021 el Ministerio de Gobernación publica el Acuerdo Gubernativo 38-2021 con la tercera prórroga que será hasta el agosto de 2021.
Es preocupante
El consultor Alex Williams dijo que preocupa que el presidente Alejandro Giammattei le de la espalda a los guatemaltecos al ampliar el plazo para la contratación del seguro obligatorio.
Dijo que en el momento en el que se publicó el reglamento que incluye el pago de seguro se perfeccionó la voluntad del Congreso expresada en el artículo 29 de la Ley de Tránsito.
Agregó que el presidente y los ministerios tienen la potestad de publicar reglamentos, pero no pueden suspender un reglamento que ya perfeccionó una ley.
Detalló que el presidente estaría violando la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Tránsito, pero también incurre en delitos que establece el Código Penal.
Dijo que a los 17 millones de guatemaltecos les están quitando un derecho constitucional adquirido por ahorrarles Q7.75 al día los taxistas.
Cuestionó si Giammattei puede quitarle ese beneficio a la población, el cual cumple con el fin supremo de la Constitución del derecho a la vida, la salud, la familia y el bien común.
Añadió que el bien común tiene preminencia sobre el bien particular.
Williams dijo que al ampliar este plazo la población queda vulnerable ante la segunda causa de muerte del país, y la primera de lesiones y discapacidades.
PDH se pronuncia
Édgar Guerra, defensor del usuario del transporte público de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), dijo que se considera positivo el hecho de que el Gobierno central haya escuchado al gremio de taxistas, por las inquietudes que tenían con el Acuerdo Gubernativo 17-20.
Dijo que se tiene contemplado el análisis a conciencia de las repercusiones que tiene la contratación de este tipo de seguros de manera obligada para cada sector.
Dijo que debe haber una normativa específica para taxis, para transporte de carga y para transporte urbano departamental de pasajeros.
Agregó que deben hacerse esfuerzos en los tres gremios de transporte para poder garantizar a la población guatemalteca la reparación digna del daño que hasta hoy continúan los guatemaltecos con incertidumbre en cuanto a la recurrencia de hechos de tránsito, que son la segunda causa de muerte en el país.
Recomendó al Estado de Guatemala a que facilite todos los medios a través de la Comisión Presidencial de Diálogo y otras instancias como el Ministerio de Gobernación y gremiales de transportistas para que se haga una normativa diferenciada, para cada grupo de transportistas, pues cada uno tiene características distintas para prestar el servicio.
Reconoció que sí se debe contar con la contratación de un seguro pues está en ley y en el Reglamento de Tránsito.
“El Estado de Guatemala debe hacer los esfuerzos necesarios para poder garantizar la reparación digna del daño y también y que los transportistas tengan a bien cumplir con esta disposición”, dijo Guerra.
Aseguró que la PDH ha recomendado a las municipalidades del país hacer su mejor esfuerzo para registrar y regular la actividad de los vehículos particulares que funcionan como si fueran taxis y significan competencia desleal para quienes sí están legales.
Para más Información: www.mineco.gob.gt/noticias
Fuente: MINISTERIO DE ECONOMÍA DE GUATEMALA